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FUNCIONES Y ATRIBUCIONES |
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1- Dirigir la política
fiscal global del gobierno y sus componentes:
ingresos, gastos y financiamiento, garantizando que
la misma sea sustentable en el corto, mediano y
largo plazo;
2- Desarrollar,
implementar y mantener el sistema de estadísticas
fiscales;
3- Realizar estudios
económicos y fiscales analizando y evaluando el
comportamiento de los ingresos, los gastos, el
financiamiento público y sus resultados, asícomo
sus efectos y la relación de los mismos con las
políticas monetaria y de balanza de pago;
4- Elaborar el marco
financiero plurianual y preparar el Presupuesto
plurianual del Sector Público no financiero y sus
actualizaciones anuales, debidamente compatibilizado
con el Plan Plurianual del Sector Público, asícomo
someterlo a la aprobación del Consejo Nacional de
Desarrollo;
5- Dirigir el proceso
de formulación del Presupuesto de Ingresos y Ley de
Gastos Públicos, la coordinación de su ejecución,
que comprende la programación de la ejecución y las
modificaciones presupuestarias, asícomo su
evaluación. Igualmente, dirigiráel proceso de
aprobación de los presupuestos anuales de las
entidades que componen el sector público empresarial
no financiero y el seguimiento de la ejecución de
los mismos;
6- Dirigir la
Administración Financiera del Sector Público no
financiero y sus sistemas relacionados, a través de
los sistemas de presupuesto, tesorería, crédito
público, contabilidad gubernamental, contrataciones
públicas y administración de bienes muebles e
inmuebles del estado;
7- Analizar, diseñar y
evaluar la política de ingresos públicos, provengan
los mismos del régimen tributario, que comprende
impuestos, tasas y contribuciones especiales y de
cualquier otra procedencia, todo ello en el marco de
la política macroeconómica y fiscal;
8- Elaborar y proponer
la legislación de los regimenes tributario y
aduanero, asícomo realizar los estudios económicos
y jurídicos necesarios para ello;
9- Velar que los
regimenes tributario aduanero operen en un marco de
legalidad, eficiencia y transparencia;
10- Vigilar el
cumplimiento de la normativa legal en materia de
exoneraciones de los impuestos, tasa y derechos,
establecidas por las disposiciones legales vigentes;
11- Coordinar la
negociación de acuerdos internacionales relacionados
con la política y gestión fiscal y participar en la
elaboración de la política comercial externa de la
República Dominicana.
12- Formular políticas
que tiendan a la contención del gasto y al
mejoramiento del resultado fiscal, asícomo mejorar
la eficacia, eficiencia y calidad del gasto público;
13- Participar en la
definición de la política salarial y provisional del
sector público;
14- Celebrar
conjuntamente con el Secretario Técnico de la
Presidencia, contratos por resultados y desempeño
con instituciones públicas;
15- Aprobar la política
de contrataciones públicas de bienes, obras,
servicios y concesiones y velar por su adecuada
ejecución y transparencia;
16- Organizar, llevar y
administrar el inventario de los bienes, muebles e
inmuebles;
17- Presidir el Consejo
de Deuda Pública y, a través del mismo, preponer la
política y estrategia de endeudamiento público, así
como su límite máximo;
18- Regular y conducir
los procesos de autorización, negociación y
contratación de préstamos o emisión y colocación de
títulos y valores, asícomo dirigir y supervisar el
servicio de la deuda pública;
19- Implantar y
supervisar la aplicación de mecanismos eficaces de
recuperación de los créditos a favor del Estado;
20- Registrar y
custodiar los valores financieros y los fondos
públicos, emitir y custodiar las especies timbradas,
asícomo administrar las fianzas y garantías
recibidas;
21- Supervisar y
administrar la implantación del Sistema de Cuenta
única del Tesoro;
22- Diseñar, operar,
mantener y supervisar el Sistema Integrado de
Gestión Financiera (SIGEF);
23- Emitir y supervisar
la aplicación de las políticas y normas contables
aplicables al sector público no financiero, asícomo
llevar la contabilidad general integrada por el
Gobierno Central;
24- Elaborar y publicar
en forma periódica los estados presupuestarios,
financieros y económicos consolidados del Gobierno
Central y las demás instituciones que conforman el
Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos;
25- Presentar
anualmente la Cámara de Cuentas, previa intervención
de la Contraloría General de la República, el estado
de recaudación de inversión de las rentas, en los
términos establecidos en los Artículos 13 y 14 de la
Ley No.12601 de fecha 27 de julio del 2001;
26- Facilitar el libre
acceso de la ciudadanía a la información pública en
el área de su competencia y de acuerdo con la
legislación vigente;
27- Definir la
estrategia y política de sensibilización,
capacitación y entretenimiento orientados al
perfeccionamiento del personal del sector público
relacionado con la política y gestión fiscal y la
Administración Financiera del Estado, asícomo
desarrollar los programas de capacitación y
entretenimiento;
28- Supervisar y
administrar la aplicación de las Leyes Nos.1986 y
379 sobre Pensiones y Jubilaciones a cargo del
Estado;
29- Ordenar y otorgar
las licencias respectivas a todos los juegos de
azar, tales como la Lotería Nacional, sorteos, rifas
benéficas, casinos y establecimientos de juegos de
azar, maquinas tragamonedas y otros juegos
electrónicos, bingos y cualquier otra manifestación
de los mismos e inspeccionar el cumplimiento de las
normativas relativas a dichas actividades;
30- Fijar la política y
supervisar y vigilar las actividades de seguros;
31- Determinar los
procedimientos de liquidación, administración y
fiscalización de las recaudaciones correspondientes
al impuesto al consumo de combustibles fósiles y
derivados del petróleo;
32- Determinar los
procedimientos de administración liquidación y
fiscalización de las recaudaciones correspondientes
al impuesto al consumo de combustibles fósiles y
derivados del petróleo establecidas por la Ley
No.11200;
33- Presidir el Consejo
Superior de la Administración Tributaria;
34- Realizar las
funciones y actividades que le confieren otras
disposiciones legales.
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